domingo, 3 de mayo de 2015

Derechos del personal de salud


DERECHOS DEL PERSONAL DE SALUD:


El derecho que tiene los trabajadores a una protección frente a los riesgos derivados del trabajo esta estipulado en la ley de prevención de riesgos laborales y en las correspondientes obligaciones de las empresas.

  1. No ser privado de la libertad al ejercicio de su profesión a menos que sea por orden judicial,  por daños a terceros y ofender la integridad de la sociedad.
  2. Con referencia  al servicio social o servicios profesionales de índole social obtener las retribuciones en los términos de la ley con las excepciones que esta señale.
  3. No participar en acciones ilícitas que ponga en riesgo su libertad, y ejercer su profesión.
  4. Gozar de jornadas que no excedan las 8 horas respectivamente.
  5. Pagos  por trabajar horas extras al horario establecido.
  6. Por cada seis días de trabajo gozar de un día de descanso con salario integro.
  7.  Gozar de vacaciones las cuales nunca serán menores de 20 días al año.
  8.  No ser discriminado en razón del sexo con goce de salario según su cargo.
  9. No sufrir retenciones, descuentos, deducciones o embargos al salario salvo en los casos previstos por la ley.
  10.  Gozar de los derechos de escalafón con el fin de que los ascensos se otorguen en función de los conocimientos aptitudes y antigüedad.
  11. No ser suspendidos o cesados por causa injustificada salvo en los términos que fije la ley.
Derechos específicos:
  • Gozar de la formación necesaria para los recursos humanos, la cual atenderá las normas y criterios que emitan las autoridades educativas, en coordinación con las autoridades sanitarias, con la participación de las instituciones de educación superior.
  • Gozar de la capacitación y actualización que les provean las autoridades sanitarias, son perjuicio de la competencia.
  • Participar voluntariamente (los profesionales, técnicos y auxiliares de salud), en actividades docentes)


Referencias: http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/1/73/tc.pdf

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